Ciudad de México.- Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
autoriza, a partir de hoy la captura temporal de pepino de mar en aguas marinas
nacionales colindantes con el estado de Yucatán, con lo que promueve el
aprovechamiento sustentable de esta especie, en beneficio de los pescadores de
la región.
Así lo dio a conocer la dependencia mediante
la publicación, en el Diario Oficial de la Federación
(DOF), del Acuerdo por el que se modifica el Aviso por medio del cual se da a
conocer el Establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes
especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal, publicado el 16
de marzo de 1994, a fin de modificar el periodo de veda de pepino de mar café
(isostichopusbadionotus) y establecer en 2017 una cuota de aprovechamiento de
ese recurso en aguas nacionales colindantes con el estado de Yucatán.
En el documento se especifica que para este
año se autoriza el aprovechamiento temporal de un máximo de 1,966.5 toneladas
de pepino de mar café con una captura total máxima de 3.29 toneladas (3,290
kilogramos) en peso fresco por embarcación.
La extracción de la especie se podrá llevar a
cabo en las aguas marinas de jurisdicción federal colindantes con el estado de
Yucatán, en la zona que se detalla en el Acuerdo publicado en el DOF, durante
un periodo de quince días naturales, a partir del día 30 de mayo de 2017.
Cumplido el periodo señalado en el párrafo
anterior, continuará el período de veda permanente en la zona referida.
Zona de aprovechamiento temporal: La zona indicada en el MAPA ANEXO, delimitada por el punto A, con coordenadas 20°50'42'' Latitud Norte y 90°24'08'' Longitud Oeste, siguiendo una línea imaginaria hacia el Noroeste hasta el límite exterior de la plataforma continental delimitada por el punto B, con coordenadas 22°15'43'' Latitud Norte y 91°48'23'' Longitud Oeste y siguiendo por la plataforma continental hasta el punto C, con coordenadas 23°42'23'' Latitud Norte y 87°33'02'' Longitud Oeste y siguiendo de ahí hasta un sitio en la costa ubicado en la frontera entre Yucatán y Quintana Roo denominado punto D, con coordenadas 21° 29' 17'' Latitud Norte y 87°32'02'' Longitud Oeste.
Zona de aprovechamiento temporal: La zona indicada en el MAPA ANEXO, delimitada por el punto A, con coordenadas 20°50'42'' Latitud Norte y 90°24'08'' Longitud Oeste, siguiendo una línea imaginaria hacia el Noroeste hasta el límite exterior de la plataforma continental delimitada por el punto B, con coordenadas 22°15'43'' Latitud Norte y 91°48'23'' Longitud Oeste y siguiendo por la plataforma continental hasta el punto C, con coordenadas 23°42'23'' Latitud Norte y 87°33'02'' Longitud Oeste y siguiendo de ahí hasta un sitio en la costa ubicado en la frontera entre Yucatán y Quintana Roo denominado punto D, con coordenadas 21° 29' 17'' Latitud Norte y 87°32'02'' Longitud Oeste.
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